La Justicia ordenó ejecutar bienes de los Kirchner y Báez para resarcir al Estado por la causa Vialidad
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el decomiso de 111 activos vinculados a los condenados, con el objetivo de cubrir un perjuicio económico que supera los 684.000 millones de pesos. La medida alcanza propiedades de la ex mandataria, de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, y de Lázaro Báez.
La Sala IV del máximo tribunal penal federal, integrada por los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó los planteos de las defensas de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez, quienes pretendían suspender la ejecución patrimonial derivada de la condena firme por administración fraudulenta.
Con esta resolución, se confirma la ejecución de bienes para cubrir un monto de $684.990 millones, cifra que la Justicia determinó como el daño total ocasionado al erario público a través del direccionamiento de la obra pública vial en Santa Cruz.
El fallo ratifica lo dispuesto el 18 de noviembre del año pasado por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), conformado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
La orden de decomiso había quedado en suspenso debido a las apelaciones de las defensas, pero con el reciente rechazo de Casación, el proceso para recuperar los fondos considerados desviados entra en su etapa de ejecución real.
Criterios judiciales sobre bienes heredados
Un aspecto central de la resolución de la Sala IV es el respaldo al criterio de que los bienes de origen ilícito pueden ser decomisados incluso si han sido transferidos a terceros o recibidos mediante herencia. Los jueces Hornos y Barroetaveña sostuvieron que en delitos económicos de alta complejidad, exigir un rastreo perfecto del dinero es materialmente imposible y despojaría de sentido a la figura del decomiso.
La Justicia determinó que basta con una vinculación económica razonable entre el bien y el incremento patrimonial producto de la maniobra delictiva. En este sentido, se rechazó el argumento de los abogados de la familia Kirchner, quienes alegaban que varios activos decomisados a Máximo y Florencia fueron heredados de Néstor Kirchner o recibidos por cesión en 2016, siendo algunos incluso anteriores al periodo investigado. La mayoría del tribunal consideró que la maniobra generó un resultado patrimonial único que benefició indirectamente al entorno familiar.
El patrimonio afectado
La orden judicial detalla un extenso listado de activos que ahora pasarán a la órbita de la Corte Suprema de Justicia para su administración y eventual venta. El detalle de los bienes incluidos en la ejecución es el siguiente:
- Familia Kirchner: Se incluyen 20 propiedades. Una de ellas se encuentra a nombre de Cristina Kirchner, mientras que las 19 restantes corresponden a activos heredados o transferidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner.
- Lázaro Báez y empresas: La medida alcanza más de 80 inmuebles pertenecientes al empresario, además de activos de las compañías utilizadas en el esquema, tales como Austral Construcciones y otras firmas satélites.
Cabe destacar que el juez Mariano Borinsky presentó una disidencia parcial respecto a este punto. El magistrado consideró que no estaba suficientemente probado que los activos heredados por los hijos de la ex presidenta provinieran del delito, por lo que propuso excluirlos de la medida. No obstante, el voto mayoritario de sus colegas se impuso, manteniendo el decomiso sobre la totalidad de los bienes identificados.
Proceso de tasación y ejecución
La causa Vialidad acreditó la existencia de un esquema de corrupción basado en la adjudicación sistemática de contratos de obra pública a favor de las empresas de Báez, detectándose sobreprecios y obras que quedaron inconclusas o presentaban deficiencias. Cristina Kirchner se encuentra actualmente cumpliendo una condena de seis años de prisión bajo la modalidad domiciliaria en su residencia del barrio porteño de Constitución.
Tras esta resolución de Casación, se inicia la fase de tasación de cada uno de los 111 bienes. El objetivo final es neutralizar el beneficio económico del delito y reparar el daño social mediante la ejecución efectiva de los activos, asegurando que el patrimonio recuperado sea destinado a resarcir al Estado nacional.
Con información de Agencia NA y BAE Negocios.

