Quitan subsidios eléctricos a 3 mil usuarios rurales
El Ente Regulador de los Servicios Públicos de Salta (Enresp) dispuso la baja del subsidio de energía eléctrica a miles de usuarios del sistema disperso (paneles) que acumulaban “deudas prolongadas” en zonas rurales y alejadas.
La decisión quedó formalizada en la Resolución Nº 769, ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, y alcanza a 3.066 usuarios que registran mora superior a 36 períodos de facturación, es decir, más de tres años sin regularizar su situación.
El origen de la medida se remonta a un informe técnico elaborado por la Gerencia Eléctrica del organismo, que analizó el comportamiento de usuarios del sistema de energía eléctrica dispersa, prestado por la empresa ESED S.A.
El relevamiento detectó una situación de incumplimiento sostenido y generalizado: los usuarios alcanzados no solo superaban ampliamente el umbral de 36 facturas impagas, sino que presentaban un promedio de 79 períodos adeudados por persona, lo que equivale a más de seis años de mora en algunos casos.
Desde el Ente Regulador sostuvieron que este nivel de incumplimiento desnaturaliza el régimen de subsidios, concebido como una herramienta excepcional de asistencia para sectores vulnerables.
“La persistencia de dicha mora durante lapsos tan extensos configura un incumplimiento grave de las obligaciones esenciales del usuario, incompatible con la finalidad asistencial del régimen”, señala la resolución.
Otro de los argumentos centrales es el impacto económico que genera el mantenimiento de estos beneficios en contextos de incumplimiento prolongado.
Según el documento oficial, el monto total de subsidios correspondiente a estos usuarios ascendía a más de 8 millones de pesos mensuales (con datos de febrero de 2026), lo que motivó la adopción de medidas “inmediatas” para resguardar el interés público y evitar un uso ineficiente de los recursos.
En esa línea, el organismo recordó que los subsidios no constituyen un derecho adquirido permanente, sino que están sujetos al mantenimiento de las condiciones que justificaron su otorgamiento.
La resolución establece que la quita del subsidio comenzará a regir a partir del período de facturación inmediato siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
Sin embargo, aclara expresamente que la medida no implica la interrupción del servicio eléctrico. Los usuarios continuarán recibiendo energía, pero deberán afrontar el costo pleno de la tarifa vigente.
Además, se dejó abierta la posibilidad de que los afectados interpongan recursos administrativos, en el marco del derecho de defensa previsto por la normativa.
Si bien el régimen específico de energía eléctrica dispersa no contempla de manera expresa la baja del subsidio por mora prolongada, el Ente Regulador justificó la medida mediante la aplicación de criterios generales del derecho regulatorio.
En ese sentido, se invocó el principio de analogía con otros regímenes de servicios públicos, donde el incumplimiento de obligaciones esenciales constituye causal de pérdida de beneficios tarifarios.
También se destacó que mantener el subsidio en estos casos generaría una situación de inequidad frente a usuarios que cumplen regularmente con sus pagos.
El sistema de energía eléctrica dispersa está diseñado para abastecer a zonas que no cuentan con redes convencionales, principalmente en áreas rurales. En ese contexto, los subsidios cumplen un rol clave para garantizar el acceso al servicio.

