ANSES confirma un cobro de hasta $ 391.200 por mes: a quiénes corresponde y qué trámite hacer
Quedarse sin trabajo
Plazo límite: por qué es clave iniciar la solicitud en los primeros 90 días
El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral. Quienes superen ese plazo todavía pueden solicitar la ayuda, pero perderán un día de prestación por cada día hábil de demora.
Por ejemplo, si una persona presenta el pedido diez días hábiles después de que venció el período permitido, se le descontarán diez días de la cobertura que le correspondía. La documentación que acredita la desvinculación laboral es necesaria para iniciar la gestión.
La solicitud es gratuita y puede realizarse por internet a través de Atención Virtual de ANSES. Para ingresar, hay que utilizar el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social, seleccionar la opción Prestación por Desempleo y adjuntar el DNI junto con los documentos que justifiquen la pérdida del empleo.
Entre los comprobantes aceptados pueden encontrarse el telegrama de despido o el contrato vencido, según cada situación. Después de cargar la documentación, el titular deberá completar los datos solicitados y enviar el pedido para su evaluación.
También existe la posibilidad de realizar el trámite presencialmente, solicitando un turno en una oficina del organismo. Los datos personales y familiares deben estar actualizados para que ANSES pueda verificar la información del solicitante.
¿Qué beneficios extra incluye este cobro?
La Prestación por Desempleo incluye otras coberturas además del pago mensual. Durante el período en que reciben esta ayuda, los beneficiarios pueden mantener su obra social y continuar cobrando las asignaciones familiares que les correspondan, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
El tiempo durante el cual se percibe también se reconoce como antigüedad a los fines jubilatorios. Esto permite conservar ese período dentro del cálculo de los años de servicio, aunque la persona ya no se encuentre trabajando.
La duración del beneficio depende de los aportes realizados antes del despido. En el régimen general, se puede cobrar entre dos y doce meses, mientras que los trabajadores de 45 años o más tienen derecho a seis meses adicionales, con un importe reducido durante esa extensión.
Los titulares pueden acceder, además, a la Tarifa Social de la tarjeta SUBE y a programas de orientación laboral. Quienes tengan previsto desarrollar un emprendimiento propio también pueden solicitar el cobro conjunto de las cuotas pendientes mediante la modalidad de Pago Único, siempre que reúnan las condiciones correspondientes.

