Comercios podrán tramitar la baja municipal, con deudas
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Comercios podrán tramitar la baja municipal, con deudas

En un esfuerzo por ajustar la normativa a la realidad económica actual, el Concejo Deliberante de Salta sancionó una nueva ordenanza que permitirá a los comercios dar de baja su habilitación municipal sin necesidad de saldar las deudas pendientes. Esta modificación, impulsada por la concejal Camila Lobo, busca evitar que los comercios que ya han cerrado sigan acumulando nuevas obligaciones y facilitar la baja de actividad en un contexto económico difícil.

La modificación de la Ordenanza N° 15.292 de Habilitaciones Comerciales plantea que los comercios podrán tramitar la baja de su actividad dentro de los 15 días hábiles posteriores al cese, sin que el cumplimiento de deudas tributarias sea un requisito. Esto busca simplificar el proceso administrativo, evitando que los contribuyentes que ya cesaron su actividad sigan generando cargos.

Actualmente, la normativa no permite la baja si existen pagos pendientes, lo que genera que muchos comerciantes, que ya cerraron sus negocios, continúen acumulando deuda con la municipalidad. La propuesta de la concejal Lobo busca separar el proceso de baja del cumplimiento de las obligaciones fiscales, permitiendo que la baja se efectúe de manera inmediata tras la comunicación del cese de actividades.

Los cierres aumentaron como en todo el país

En Salta, al igual que en el resto del país, los cierres comerciales han aumentado en los últimos años. Según datos de la Cámara Pyme local, cerca de mil pequeñas y medianas empresas en la provincia han cerrado debido a la difícil situación económica. A nivel nacional, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo reportó el cierre de 22.600 empresas en los últimos dos años.

La iniciativa también contempla que el trámite de baja no implica la eliminación de las deudas existentes, sino que simplemente deja de ser un requisito para completar el proceso administrativo. Así, los comerciantes seguirán siendo responsables de saldar las deudas acumuladas, pero podrán hacerlo sin que continúen generándose nuevas obligaciones por la no actualización de su situación ante el municipio.

La normativa modificada establece que el titular del comercio deberá comunicar el cese de actividades dentro de los 15 días posteriores a la finalización de la actividad. A partir de la comunicación, la Autoridad de Aplicación procederá con la baja administrativa de la habilitación, independientemente de las deudas tributarias pendientes. Esto, según los defensores del proyecto, hace que el sistema sea más razonable, eficiente y acorde a las realidades del sector comercial.

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