Cuáles son los límites para la venta de campos a extranjeros que rigen luego del fallo de la Corte Suprema
10 de octubre 2026 – 12:11
El falló consideró “inconstitucional” el art. 154 del DNU 70/2023. La corte respondió a un pedido de la Asociación Civil Árbol de Pie.
Hasta que se resuelva la cuestión judicial entonces, regirán los límites establecidos por la Ley 26.737, sancionada en 2011 durante el gobierno de Cristina Kirchner, para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras. En concreto, la normativa fija un tope del 15% de tierras rurales en manos extranjeras, tanto a nivel nacional-provincial-municipal, y establece que ninguna nacionalidad puede concentrar más del 30% de ese porcentaje.
Limita a 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su superficie equivalente en otras regiones, la extensión que puede adquirir un mismo titular extranjero. Apunta a preservar los recursos estratégicos y prohíbe la compra por extranjeros de tierras con recursos hídricos y en zonas de seguridad de frontera.
Por su parte, la propuesta oficialista aumentaba el tope al 25% pese a que originalmente apuntaba a borrar cualquier límite. Asimismo, eliminaba el resto de los cupos por nacionalidad y zona núcleo (o equivalente) por titular, y prohibía únicamente la compra de tierras por Estados extranjeros.

