El Gobierno actualizó la reglamentación de la Ley de Armas para agilizar trámites y controles
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El Gobierno actualizó la reglamentación de la Ley de Armas para agilizar trámites y controles

A través del Decreto 306/2026, el Gobierno nacional modernizó la reglamentación para agilizar el registro y mejorar los controles. La medida facilita la inscripción de armamento por sucesión sin orden judicial y redefine qué materiales están terminantemente prohibidos, desde municiones especiales hasta armas disimuladas. Conocé cómo impactan estos cambios en la tenencia civil y cuáles son los nuevos requisitos para regularizar tu situación ante el Estado.

Hubo modificaciones a la reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos.

A través de un nuevo decreto, se establecieron cambios en la clasificación de materiales prohibidos y se simplificó el registro de armamento para herederos. La medida busca modernizar el sistema y evitar limitaciones desproporcionadas en el acceso y la portación.

Actualización del marco normativo

Este lunes, el Poder Ejecutivo presentó modificaciones a la reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429. Según el Decreto 306/2026, publicado en el Boletín Oficial, la reforma tiene como fin optimizar los criterios de uso, tenencia y control de armas de fuego en el territorio nacional. La normativa subraya que el acceso a estos materiales no debe enfrentar trabas irrazonables, respetando los derechos constitucionales y el principio de reserva.

Nuevas restricciones y prohibiciones

El documento detalla una lista actualizada de dispositivos y municiones cuyo uso, adquisición y transporte quedan estrictamente prohibidos. Entre los elementos destacados se encuentran:

  • Modificaciones técnicas: Dispositivos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas y escopetas de cañón inferior a 380 mm.

  • Armamento disimulado: Objetos que oculten armas, como bastones, maletines, lapiceras o cigarreras.

  • Municiones especiales: Proyectiles con puntas perforantes, explosivas, envenenadas o incendiarias (salvo para combatir plagas).

  • Agresivos y tecnología: Químicos con efectos letales y armas electrónicas diseñadas para causar la muerte.

Respecto a la munición de proyectil expansivo o con puntas deformables, se prohíbe su uso general, aunque se mantiene la excepción para actividades de caza, tiro deportivo y para el equipamiento de las Fuerzas de Seguridad, policiales y penitenciarias.

Categorización y modernización registral

La reforma redefine las armas de uso civil condicional, incorporando supresores de sonido y miras nocturnas (infrarrojas o de luz residual) dentro de esta clasificación. Asimismo, se mencionaron antecedentes de 2025 que ya habían iniciado la modernización de los registros para el personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad de todo el país.

Facilidades para el registro por herencia

Uno de los puntos centrales de la normativa es la agilización del trámite para armas recibidas por sucesión. A partir de ahora, los familiares directos podrán inscribir el material ante el organismo correspondiente acreditando el vínculo mediante partidas de defunción, nacimiento o matrimonio, sin necesidad de esperar una declaratoria judicial de herederos. Este procedimiento administrativo no otorga derechos de propiedad definitivos ni afecta a otros posibles legatarios, pero permite regularizar la tenencia y mantener la trazabilidad por parte del Estado.

Con información de NA.

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