Jueces y fiscales elevan el cruce por las suspensiones anticipadas
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Jueces y fiscales elevan el cruce por las suspensiones anticipadas

La reforma de la Ley del Jurado de Enjuiciamiento aprobada por la Cámara de Diputados de Salta, y que debe volver al Senado, causó un fuerte revuelo dentro del Poder Judicial y el Ministerio Público, donde comenzaron a multiplicarse las críticas por la posibilidad de suspender preventivamente a jueces y fiscales antes de la sustanciación formal del proceso. Hay reproches también a los legialdores, algunos de ellos que integran el jury, por ni siquiera consultar sobre el tema.

En estos días hubo comunicados del Colegio de Magistrados y de la Asociación Argentina de Fiscales y cuestionamientos técnicos, en los pasillos judiciales, vinculados a que la inicivativa va en contramano del sistema acusatorio.

La iniciativa modifica la Ley 7.138 e incorpora medidas cautelares excepcionales que permitirían apartar preventivamente a magistrados y funcionarios judiciales ante hechos considerados graves y verosímiles, aun antes del avance pleno del procedimiento de jury.

Advertencia del Colegio de Magistrados

Ayer, el Colegio de Magistrados y Funcionarios de Salta advirtió que permitir el apartamiento anticipado de magistrados “sin el proceso legal correspondiente” afecta la garantía constitucional de inamovilidad prevista en la Constitución provincial.

También sostuvo que esa protección “evita la privación de funciones a jueces, fiscales, defensores o asesores de incapaces cuando el ejercicio de su actividad incomode a sectores de poder”. El punto más crítico del documento apuntó directamente al nuevo esquema de suspensión previa.

“La corrupción debe combatirse en todos los casos, pero la suspensión de magistrados y magistradas frente a una sola denuncia y sin elementos probatorios suficientes, como prevé el proyecto actualmente en debate, pone en riesgo a toda la ciudadanía y no tiene sustento en necesidades reales”, señaló el Colegio.

La entidad además remarcó que la ley vigente ya contempla mecanismos de suspensión, pero recién después de la admisibilidad del proceso y tras garantizar explicaciones preliminares y derecho de defensa.

El planteo de Ovejero

El Tribuno, en una entrevista publicada ayer, le consutó sobre el proyecto a la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero, quien también preside el jury. “Hoy tenemos un sistema acusatorio y tal vez la ley del jury debería tener más modificaciones, no centrarlas solamente en eso”, sostuvo.

Dentro del edificio judicial, también surgieron fuertes reparos internos desde sectores vinculados al Ministerio Público. Magistrados cuestionan que avanzar hacia suspensiones preventivas “sin contradictorio”, es decir, sin esperar el descargo del acusado, “no es una lógica acusatoria o adversarial”.

Incluso se calificó al mecanismo como una herramienta propia de un “viejo modelo inquisitivo”, incompatible con el paradigma actual. También se remarcó que, ante situaciones extremadamente graves, ya existen mecanismos institucionales tanto en la Corte de Justicia como dentro del propio Ministerio Público para apartar o suspender magistrados sin necesidad de alterar el esquema actual del jury.

La postura de los fiscales

El miércoles también se pronunció la Asociación Argentina de Fiscales (AAF), que expresó su “preocupación institucional” por la reforma aprobada en Diputados.

La entidad advirtió que una suspensión preventiva aplicada en etapas tempranas y sobre denuncias aún no sustanciadas puede convertirse en “una sanción anticipada”.

El comunicado agregó que el riesgo es especialmente delicado en fiscales que investigan corrupción, criminalidad organizada o abusos de poder, ya que denuncias “maliciosas, estratégicas o instrumentales” podrían utilizarse para apartarlos o condicionarlos.

“La independencia fiscal no constituye un privilegio personal o corporativo: es una garantía de la sociedad para que las investigaciones penales puedan avanzar aun cuando comprometan a sectores de poder”, sostuvo la AAF.

Números del jury: 9 sin admitir y 2 destituciones

Según informes a lo que accedió El Tribuno, correspondiente al período entre 2022 y 2025, hubo nueve acusaciones declaradas inadmisibles en la etapa inicial que llegaron al Jury, es decir, sin siquiera correr vista al denunciado. En el mismo período hubo apenas dos acusaciones rechazadas luego de dar intervención al denunciado y al Procurador General.

También se registraron tres casos remitidos a la Superintendencia de la Corte o al Colegio de Gobierno del Ministerio Público por cuestiones administrativas. Otra acusación concluyó por renuncia.

Y en cuanto a destituciones efectivas, hubo solamente dos en los últimos años. Una de las remociones fue la de la exdefensora oficial civil de Tartagal, Rosa Fabiola Díaz, destituida en 2021 por el Jurado de Enjuiciamiento.

En ese caso, el entonces procurador general Abel Cornejo sostuvo durante los alegatos que las acusaciones estaban “absolutamente acreditadas, demostradas y probadas”.

Las causales fueron mala conducta, mal desempeño y falta de cumplimiento de deberes funcionales.

Entre otras irregularidades, se investigaron denuncias vinculadas a presuntas maniobras con donaciones destinadas a comunidades originarias, causas por supuestas ventas simuladas de inmuebles y graves incumplimientos funcionales en más de 150 expedientes. El Jury resolvió destituirla e inhabilitarla para ejercer cargos públicos por ocho años.

La otra destitución reciente fue la del exjuez de Garantías de Orán, Claudio Alejandro Parisi, removido en diciembre de 2024. En ese expediente, el procurador general Pedro García Castiella impulsó la acusación y pidió un “fallo ejemplar”.

El ex juez está acusado de cohecho pasivo agravado (dos hechos), incumplimiento y omisión de los deberes de funcionario público, en concurso real.

Claves de la reforma

  • La reforma de la Ley 7.138 aprobada en Diputados habilita suspensiones preventivas de jueces y fiscales antes de la sustanciación formal del jury.
  • El Colegio de Magistrados advirtió que la medida pone en riesgo la independencia judicial.
  • La Asociación Argentina de Fiscales alertó que las suspensiones tempranas pueden transformarse en “sanciones anticipadas”.
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