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Respuestas a consultas previsionales
Aldana Liendro: Mi papá trabajó muchos años en distintas fincas como peón. Lo blanquearon en 2008 y todavía sigue trabajando. Tiene 63 años ¿será que puede jubilarse?
Buen día Aldana. Por lo que comentas tu padre ya ha superado la edad requerida para jubilarse (59 años y 3 meses). Ese excedente de edad le servirá como bonificación por aportes. Sólo le restaría “comprar” algunos años mediante la moratoria Ley 24.476 que son muy accesibles. Con eso ya está en condiciones de jubilarse.
Gerardo Velarde: Cumplí 57 años de edad y trabajo como chofer de colectivos urbanos hace 16, en blanco. Antes había trabajado como mecánico, en negro. Quisiera preguntarle si puedo ir haciendo algo para regularizar mis aportes y también a qué edad podré jubilarme.
Buen día Gerardo. Los conductores de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas de líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia gozan de un régimen previsional de características insalubre. Pueden jubilarse a los 55 años de edad quienes hayan completado 30 años de servicios con aportes en dicha tarea. En su caso, le sugiero que acceda a la moratoria Ley 24.476, con esta herramienta muy económica (podrá regularizar seis años (6) de aportes) y también mediante Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales, Ley 27.705. Por otro lado, deberá continuar haciendo sus aportes como conductor unos años más para llegar a completar los requisitos. Aunque sería mejor conocer las fechas con más precisión, estimo que deberá trabajar hasta cumplir 59 años para iniciar sus trámites de jubilación.
Adolfo Porcel: Este mes de agosto ¿cómo quedó el calendario de pagos?
Buen día Adolfo. El calendario de pagos de ANSES se inicia mañana, lunes 10 de agosto y cobrarán pensiones no contributivas, pensiones para adultos mayores, jubilados con haberes hasta la mínima además de asignación universal por hijo y por embarazo. El otro lunes, 17 de agosto, es feriado por el Paso a la Inmortalidad del Gral. San Martín, por lo tanto, los pagos retoman el día 18 hasta el 24 de agosto. Finalmente, desde el 25 al 31 del mes cobrarán quienes tengan haberes que superan la mínima.
“Los conductores de colectivos pueden jubilarse a los 55 años, siempre que completen 30 años de servicios con aportes en esa actividad”.
Alberto Rioja: Me quedé sin trabajo y quiero saber si puedo tramitar el seguro por desempleo
Buen día Alberto. Lamento mucho la situación que está pasando. Le comento: en primer lugar, el seguro por desempleo les corresponde a los trabajadores en relación de dependencia (regida por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo) y a aquellos trabajadores del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26.844).
Como requisito se pide: a los trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato; a los trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres (3) años y más de 90 días en el último año. La documentación que deben presentar es la siguiente:
– DNI
– Documentación que compruebe el desempleo:
– Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
– Mutuo acuerdo
– Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra.
– Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
– No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
– Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
Josefina Oliveras
Este mes informaron que hay incremento en la asignación por hijo, ¿aumenta también la Tarjeta Alimentar?
Buen día Josefina. Efectivamente, este mes hay un incremento en la cobertura de la asignación universal por hijo del 1,89%. Sin embargo, la Tarjeta Alimentar se mantiene en los mismos valores:
– Un hijo: $72.250.
– Dos hijos: $113.299.
– Tres o más hijos: $149.425.

